1.- En los procesos de separación o divorcio contenciosos, ¿cuándo intervendrá el Ministerio Fiscal?:
- En todo caso
- Siempre que alguno de los interesados en el procedimiento sea menor, incapacitado o esté en situación de ausencia legal
- Solamente cuando alguno de los hijos sea menor o incapacitado
- Cuando así lo considere oportuno o lo solicite el Tribunal