1.- Según el art. 9 de la Ley 40/2015, la delegación de competencias:
- Transmite la titularidad y el ejercicio de las mismas
- Deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Administración correspondiente
- Procede entre órganos de distintas Administraciones Públicas
- Se resolverán indicando expresamente esta circunstancia, y se considerarán dictadas por el órgano delegado